* La masa especificada en orden de marcha es un valor estándar especificado en el procedimiento de homologación. Debido a las tolerancias de fabricación, la masa real pesada en orden de marcha puede diferir del valor indicado anteriormente. Se permiten y admiten desviaciones de hasta un ± 5 % de la masa en orden de marcha. El rango permitido en kilogramos se indica entre paréntesis después de la masa en orden de marcha. La masa especificada por el fabricante para los extras opcionales es un valor imputado para cada tipo y configuración, que Carado utiliza para determinar el peso máximo disponible para los extras opcionales instalados de fábrica. El objetivo de limitar el equipamiento opcional es garantizar que la carga útil mínima, es decir, la masa libre legalmente prescrita para equipaje y accesorios reequipados, esté realmente disponible para la carga útil de los vehículos entregados por Carado. El peso real de su vehículo de fábrica solo se puede determinar al pesarlo al final de la cinta transportadora. Si, en casos excepcionales, el pesaje muestra que la capacidad de carga real es inferior a la carga útil mínima debido a una desviación del peso permitido, a pesar de la limitación del equipamiento opcional, antes de la entrega del vehículo, comprobaremos con su concesionario y con usted si, por ejemplo, debemos aumentar la capacidad de carga, reducir el número de asientos o retirar equipamiento opcional. No se debe superar la masa total técnicamente admisible del vehículo ni la masa total técnicamente admisible sobre el eje. Encontrará información detallada y explicaciones sobre cuestiones de peso y configuración del vehículo en la sección de Información legal.